A partir de 2018 los empresarios individuales podrá aplicar cambios fiscales de acuerdo principalmente a sus suministros y manutención.

Se pueden reducir los gastos derivados de la titularidad de la vivienda en proporción a la superficie utilizada en la actividad. En cuanto alos suministros la cuestión no está tan clara y puede encontrarse con negativa por parte de Hacienda.

En manutención:

Al visitar a sus clientes puede deducir según límtes establecidos:

Concepto

  • España: con pernocta: 53,34€.  Sin pernocta 26,67€ 
  • Extranjero: con percnocta:53,34€. Sin pernocta: 91,35€

Estos gastos sería los correspondientes a restaurantes por su propia manutención, p ejm. Son los mismos gastos que se aplican a los trabajadores, con la salvedad de que se den en un municipio distinto al del domicilio.

Se deben de pagar por medio telemático y se deben de guardar las evidencias de los mismos (recibos de parking, peajes, agendas y correos cambiados con clientes como evidencias, etc...)

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