A partir de 2018 los empresarios individuales podrá aplicar cambios fiscales de acuerdo principalmente a sus suministros y manutención.
Se pueden reducir los gastos derivados de la titularidad de la vivienda en proporción a la superficie utilizada en la actividad. En cuanto alos suministros la cuestión no está tan clara y puede encontrarse con negativa por parte de Hacienda.
En manutención:
Al visitar a sus clientes puede deducir según límtes establecidos:
Concepto
- España: con pernocta: 53,34€. Sin pernocta 26,67€
- Extranjero: con percnocta:53,34€. Sin pernocta: 91,35€
Estos gastos sería los correspondientes a restaurantes por su propia manutención, p ejm. Son los mismos gastos que se aplican a los trabajadores, con la salvedad de que se den en un municipio distinto al del domicilio.
Se deben de pagar por medio telemático y se deben de guardar las evidencias de los mismos (recibos de parking, peajes, agendas y correos cambiados con clientes como evidencias, etc...)